Hace unos días atrás leímos con sorpresa una publicación en facebook (en un grupo muy popular de datos) en el que una usuaria hacía una pregunta/queja sobre este mensaje que le había llegado vía sms:

Pero lo que llamó mas nuestra atención fueron las respuestas que surgieron. Ella explicaba que vendía equis productos por internet, a lo que frases como “si vendes virtual no tienes que pagar impuestos” o “solo se pagan si tienes una tienda física” se repetían constantemente, además de las protestas por el no-pago de algunas transnacionales, que incentivaban a los negocios chicos seguir trabajando desde la informalidad …. Y si bien nosotras también encontramos que la ley debe ser pareja para todos (y esperamos que se pongan muy fuertes con la deuda tributaria de esas grandes empresas), no justificamos de ninguna manera la evasión de impuestos, que no es solo una obligación sino un compromiso con nuestro país.
Formalizarnos además implica CRECERcon nuestro emprendimiento.
Aquí te mostramos algunos de los beneficios a los que puedes acceder :
- Puedes solicitar créditos ante el sistema financiero formal, que además cuenta con una variada oferta de opciones para las pymes.
- Puedes hacer contratos con empresas formales y también participar en licitaciones.
- Puedes exportar e importar.
- Puedes participar en los programas de apoyo a la micro y pequeña empresa, promovidos por el estado y/o diversas fundaciones.
- Le das tranquilidad a tus clientes reales y potenciales, afianzando la confianza.
- Puedes acceder a la vía judicial si, ojalá no se de, tuvieras alguna dificultad legal con un proveedor o cliente.
En conclusión: si vendes un producto o das un servicio es importante que emitas boleta, recibo por honorarios o factura si es el caso y para eso debes estar registrado ante la SUNAT. Hay mucho desconocimiento sobre este tema: la idea generalizada es que es un trámite engorroso, que quita mucho tiempo, que es caro, que en el pago de impuestos se va a ir toda la ganancia, etc. Y no, la SUNAT tiene planes para todos, desde la persona natural hasta los diferentes tipos de persona jurídica.
¿Cuál es la diferencia? Como Persona Natural puedes ejercer cualquier actividad económica siendo responsable de tu propio negocio a título personal; como Persona Jurídica eres una entidad (una empresa) con derechos y obligaciones, representada judicial y extrajudicialmente por sus representantes legales.
Acá en el blog vamos a hablar de todos los tipos, los pros y contras, así como los requerimientos en cada caso, y vamos a empezar hoy con la Persona Natural …. ¿cuándo me conviene esta figura?
- Cuando quieres iniciar negocios pequeños, ya sea a través de un espacio físico o de manera virtual.
- Cuando realizas actividades que están comprendidas en el Nuevo RUS (Régimen Único Simplificado, ya vamos a explicar esto al detalle en otro post) o tienes negocios en donde tus clientes van a ser principalmente personas, no empresas.
- Cuando quieres hacer negocios en los que tu exposición al riesgo (responsabilidad ilimitada) ante posibles deudas u obligaciones con terceros sea manejable considerando tu patrimonio personal.
El primer paso es sacar el RUC (Registro Único de Contribuyentes). Como persona natural puedes aplicar a la pre-inscripción en este link . Una vez pre-inscrita puedes acercarte a cualquiera de las oficinas de SUNAT a nivel nacional portando tu DNI. El trámite es absolutamente gratuito.
¿Y después? ¿a qué régimen me acojo? el próximo miércoles seguiremos con este tema para que tengas toda la información disponible y elijas el que mejor se adapta a tus necesidades ¡feliz mitad de semana para todas!